Pacto por la Nacionalidad, la Patria y el bien común.
Pacto por la Nacionalidad y la Patria
Los abajo firmantes, como candidatos en la presente contienda electoral, consciente de nuestra responsabilidad histórica con la Nación, la democracia y los derechos iguales de todos los ciudadanos colombianos, nos comprometemos a que:
- No utilizar símbolos patrios (bandera, himno, escudos, imágenes, lemas nacionales) con fines partidistas o electorales.
- No emplear la camiseta o símbolos deportivos nacionales (ni otros emblemas colectivos reconocidos regional o internacionalmente) como instrumentos de propaganda política.
- Abstenernos de invocar gestos reglados de la Fuerza Pública (incluido el saludo militar, juramentos reglados, emblemas formales o parafernalia de carácter coercitivo o funcional) en actos proselitistas.
- No presentar la “defensa de la patria” ni la “nacionalidad” como atributo exclusivo de una opción política, ni como instrumento de división o exclusión social.
- Promover un debate público centrado en ideas, programas y hechos verificables, libre de apropiaciones simbólicas indebidas de lo que pertenece a todas y todos los colombianos.
- En caso de controversias sobre el alcance de este pacto, acudiremos al Rector del Ministerio del Interior y a la Procuraduría General de la Nación para interpretación y verificación pública.
- Respetar y acatar las ordenes judiciales, de los entes de control y electorales.
📌 FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y CONSTITUCIONALES
Este pacto se apoya en normas y principios del ordenamiento colombiano:
📌 1. Artículo 1 de la Constitución
La soberanía nacional reside en el pueblo…
Esto significa que todo símbolo de la Nación no le pertenece a una facción sino a todas y todos los ciudadanos.
📌 2. Artículo 13 – Igualdad
El uso excluyente de símbolos nacionales puede traducirse en ventajas simbólicas indebidas, vulnerando el principio de igualdad en la contienda democrática.
📌 3. Artículo 40 – Participación política
El elector tiene derecho a participar en condiciones de igualdad, libertad y sin coacción, lo que se ve amenazado cuando los símbolos colectivos son apropiados como instrumento de poder.
📌 4. Artículo 219 – Fuerza Pública neutral
La Fuerza Pública es constitucionalmente no deliberante, y por tanto todo gesto reglado que evocque disciplina o jerarquía armada en contexto político-electoral es contrario a la Constitución y al principio de neutralidad.
📍 POR QUÉ ES IMPORTANTE ESTE PACTO
🔹 Protege la identidad nacional común
🔹 Previene manipulación emocional y simbólica
🔹 Fomenta un debate civilizado y racional
🔹 Reduce riesgo de polarización extrema
🔹 Refuerza la legitimidad de las autoridades electorales y jurisdiccionales
🔹 Proporciona un punto de referencia si alguien intenta victimizarse
🔹 Aíslan las prácticas que pueden generar violencia simbólica o real
NOTA ESPECIAL
SOBRE LAS RESERVAS MILITARES Y SU USO EN CONTEXTO POLÍTICO–ELECTORAL
1. Delimitación necesaria: qué son y qué no son las reservas
Las reservas militares en Colombia:
- No son partidos políticos
- No son movimientos electorales
- No son fuerzas deliberantes
- No son instrumentos de presión social ni electoral
- No pueden ser invocadas como respaldo político
Las reservas son una condición jurídica individual, derivada del servicio militar, no una identidad política colectiva.
2. Marco constitucional y legal aplicable
📌 Constitución Política
Artículo 219
La Fuerza Pública no es deliberante. No podrá reunirse sino por orden legítima de la autoridad competente, ni dirigir peticiones, salvo sobre asuntos que se relacionen con el servicio y la moralidad.
➡️ Este principio no desaparece por el hecho de estar en condición de reserva.
📌 Principio democrático fundamental
La neutralidad armada es un pilar del Estado constitucional.
Toda evocación política de estructuras armadas o exarmadas rompe ese principio.
3. El problema: uso simbólico y discursivo de las reservas en campaña
Hecho observado (patrón)
Referencias explícitas o implícitas a:
- “Respaldo de reservas”
- “Defensa armada de la patria”
- Capacidad de movilización
- Lenguaje de fuerza, orden o confrontación
aunque no se materialicen en actos armados, tienen efectos políticos reales.
4. Reproche jurídico y democrático
El uso discursivo de las reservas en campaña:
🔴 Vulnera la neutralidad constitucional
🔴 Introduce intimidación simbólica
🔴 Afecta la libertad del sufragio
🔴 Puede configurar constreñimiento indirecto
🔴 Desnaturaliza el rol civil del proceso electoral
No es necesario portar armas para ejercer presión: basta con evocar la fuerza.
5. Efectos sociales y riesgos
-
Genera miedo en sectores opositores
-
Normaliza la idea de “fuerza” como argumento político
-
Rompe la frontera entre debate civil y lógica de confrontación
-
Aumenta el riesgo de escalamiento simbólico hacia violencia real
-
Deslegitima el resultado electoral, cualquiera que sea
6. Integración directa al Pacto por la Nacionalidad y la Patria
Se propone incluir este compromiso explícito:
“Los candidatos firmantes se comprometen a no invocar, directa o indirectamente, a las reservas militares, ni a utilizar su condición simbólica o real como argumento político, respaldo electoral, amenaza implícita o narrativa de defensa de la patria.”
7. Mensaje pedagógico clave (para ciudadanía y militancias)
**La patria se defiende con votos libres,
no con evocaciones de fuerza.
Las armas —reales o simbólicas—
no deliberan en democracia.**
**La patria se defiende con votos libres,
no con evocaciones de fuerza.
Las armas —reales o simbólicas—
no deliberan en democracia.**
Iván Cepeda Castro
Abelardo de la Espriella Otero
Comentarios
Publicar un comentario
Haz tus comentarios con respeto, en democracia y que aporten a la convivencia pacífica.